Hola a tod@s!!
Somos un despacho de asesoría integral de empresas especializado en el sector artístico. Asesoramos y cubrimos desde hace más de 15 años todo tipo de sectores culturales como: música, teatro, cine, pintura, arte contemporáneo, baile y danza, circo, empresas de espectáculos, etc…
Si eres artista o empresa dedicada al sector del arte, esta información te puede interesar.
Con fecha de 06/05/20 se acaban de publicar las medidas apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al covid-19. A continuación te resumo alguno de las principales ayudas.
Te animamos y mostramos total disposición en ayudarte y para que te asesores debidamente . Es conveniente que verifiques si te pudiera corresponder alguna de estas ayudas y que resultan ser tan necesarias a causa del COVID-19.
Algunas de las principales ayudas para todos los sectores artísticos son:
- Concesión directa de subvenciones para cubrir gastos de avales de préstamos: para aspirar a disfrutar de esto, tendrás que contactar con la Sociedad de Garantía Recíproca Audiovisual Fianzas SGR para hacerte socio. Si necesitas financiación, mediante esta entidad podrás solicitar que se hagan cargo de la totalidad de los gastos de avales y comisiones del préstamo tramitado. Puedes comprobarlo en https://creasgr.com/
- Acceso a la prestación por desempleo siempre y cuando no te encuentres afectado e incluido en un ERTE o reducción de jornada: si no has podido realizar tu actividad laboral como artista, se reconocerá una prestación por desempleo durante el tiempo de inactividad en el año 2020. Para ello tendrás que tener cotizado el periodo mínimo de cotización. Se tendrá derecho a cobrar la prestación a partir del día siguiente al que se presente la solicitud. La prestación será incompatible con cualquier otra prestación, renta o ayuda que se estuviera recibiendo. La duración de la prestación será en función de los días de alta en seguridad social del año anterior conforme a lo siguiente
Días de actividad | Periodo de prestación (nº de días) |
Desde 20 hasta 54 | 120 |
Desde 55 en adelante | 180 |
Medidas de apoyo para sector de cinematografía y artes audiovisuales:
- Para películas beneficiarias de ayudas generales y selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto que se estrenen el año 2020 se amplían los siguientes plazos:
- Se amplía en 5 meses el plazo para presentar la declaración de ingresos ante el Instituto de Cinematografía y de Artes Audiovisuales.
- Se amplía en 10 meses el plazo para el estreno comercial en salas de exhibición del largometraje.
- Para películas beneficiarias de ayudas generales y selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto y de ayudas para cortometrajes sobre proyecto se amplían los siguientes plazos:
- Se amplía en 5 meses el plazo para comunicar el fin de rodaje y solicitar la calificación y el certificado nacional de la película.
- Se amplía en 4 meses el plazo para acreditar el coste de la película.
- Se amplían en 4 meses el plazo para entregar una copia de la película objeto de ayuda a la Filmoteca Española.
Medidas para flexibilizar el cumplimiento de obligaciones que deban realizarse en el año 2020 para sector del cine y audiovisuales.
- El número de salas exigido para el cumplimiento de los requisitos relativos al estreno del largometraje, cuando dicho estreno se realice en el año 2020 se reducirá del siguiente modo:
- 20 salas para largometrajes con un coste reconocido superior a 2.000.000 €
- 10 salas para largometrajes con coste igual o inferior a 2.000.000 €
- 6 salas para largometrajes con versión original en lenguas cooficiales distintas del castellano, en 3 de la cuales, al menos se exhibirán en su versión original.
- 2 salas para largometrajes de carácter documental.
Exigibilidad de comunicar la fecha de inicio de rodaje
- Se deberá de comunicar el inicio del rodaje a partir del fin de la vigencia de la declaración del estado de alarma.
Concesión directa de subvenciones para titulares de salas de exhibición cinematográfica
- Las ayudas serán para sufragar gastos que a continuación se relacionan y derivados del covid-19 tales como:
- Gastos incidentales generados como consecuencia de medidas sanitarias. Ejemplo: compra de máquinas de limpieza, desinfectantes, etc.
- Campañas orientadas a la reapertura y vuelta del público a los cines.
- Actuaciones que permitan aumentar la programación de campañas escolares.
- Espacio publicitario para promoción y tráiler de cine español en salas, así como de campañas institucionales.
- Las ayudas tendrán una cuantía máxima que dependerá del número de pantallas de las que disponga la sala de exhibición:
- Salas con una única pantalla: 8.000 €.
- Salas con 2 pantallas: 14.000 €.
- Salas que tengan entre 3 y 5 pantallas: 20.000 €.
- Salas que tengan entre 6 y 8 pantallas: 26.000 €.
- Salas con más de 8 pantallas: 32.000 €.
Medidas de apoyo al sector del libro y arte contemporáneo
- Ayudas para sector del libro:
- Podrán solicitar las ayudas las librerías independientes, que serán aquellas dedicadas a la venta de libros que cuenten con uno o dos establecimientos y con independencia del número de trabajadores y de la facturación realizada.
- Se deberán pedir ante el Fondo de Contingencia del Ministerio de Cultura.
- Ayudas para sector del arte contemporáneo:
- Se solicitarán ante la Dirección General de Bellas Artes.
Medidas de apoyo para actividades culturales que hayan sido canceladas a causa del covid-19
- Se abonarán a aquellos que tengan subvenciones a beneficiarios de ayudas públicas otorgadas para la realización de actividades, objetivos o proyectos culturales. Se subvencionarán aquellos gastos no recuperables en los que se haya incurrido para la realización del proyecto o actividad subvencionada.
Modificación sobre el Impuesto sobre Sociedades
- Se reduce el tipo impositivo a pagar para aquellas empresas del sector cultural que se hayan visto perjudicadas por el covid-19 según el tipo de actividad cultural que se trate.