Las empresas podrán deducirse el 100% del IVA de la compra de vehículos para sus comerciales… (noticia extraída del El País)
Parece ser que por fin podremos decir adiós a la antigua regla general de que únicamente se puede deducir el 50 % de los gastos de vehículos.
El Tribunal Supremo acaba de enmendar la plana a la administración tributaria aclarando que las empresas pueden deducirse el 100% del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) aplicado a la compra de vehículos para sus agentes comerciales. Hasta ahora, Hacienda venía aceptando solo deducciones sobre el 50% del impuesto alegando que el beneficio fiscal pleno estaba solo dirigido a estos trabajadores cuando fueran autónomos. El Supremo aclara que esta deducción es válida también para los agentes comerciales asalariados y abre la puerta a que miles de empresas recuperen esa otra parte del dinero pagado en los últimos años.
Seguiremos atentos a ver cómo evoluciona esta nueva situación.